Capítulo 09
Para importar a México productos que considera dentro del capítulo 09, comience con las especificaciones y las partidas que aparecen a continuación. Solicite su cotización para que el agente aduanal autorizado confirme la clasificación de su envío.
Café, té, yerba mate y especias
Partidas oficiales de este capítulo
- 0901 — Café, incluso tostado o descafeinado; cáscara y cascarilla de café; sucedáneos del café que contengan café en cualquier proporción.
- 0902 — Té, incluso aromatizado.
- 0903 — Yerba mate.
- 0904 — Pimienta del género Piper; frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados.
- 0905 — Vainilla.
- 0906 — Canela y flores de canelero.
- 0907 — Clavos (frutos enteros, clavillos y pedúnculos).
- 0908 — Nuez moscada, macis, amomos y cardamomos.
- 0909 — Semillas de anís, badiana, hinojo, cilantro, comino o alcaravea; bayas de enebro.
- 0910 — Jengibre, azafrán, cúrcuma, tomillo, hojas de laurel, curri y demás especias.
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