Capítulo 37
Para importar a México productos que considera dentro del capítulo 37, comience con las especificaciones y las partidas que aparecen a continuación. Solicite su cotización para que el agente aduanal autorizado confirme la clasificación de su envío.
Productos fotográficos o cinematográficos
Partidas oficiales de este capítulo
- 3701 — Placas y películas planas, fotográficas, sensibilizadas, sin impresionar, excepto las de papel, cartón o textiles; películas fotográficas planas autorrevelables, sensibilizadas, sin impresionar, incluso en cargadores.
- 3702 — Películas fotográficas en rollos, sensibilizadas, sin impresionar, excepto las de papel, cartón o textiles; películas fotográficas autorrevelables en rollos, sensibilizadas, sin impresionar.
- 3703 — Papel, cartón y textiles, fotográficos, sensibilizados, sin impresionar.
- 3704 — Placas, películas, papel, cartón y textiles, fotográficos, impresionados pero sin revelar.
- 3705 — Placas y películas, fotográficas, impresionadas y reveladas, excepto las cinematográficas (filmes).
- 3706 — Películas cinematográficas (filmes), impresionadas y reveladas, con registro de sonido o sin él, o con registro de sonido solamente.
- 3707 — Preparaciones químicas para uso fotográfico, excepto los barnices, colas, adhesivos y preparaciones similares; productos sin mezclar para uso fotográfico, dosificados o acondicionados para la venta al por menor listos para su empleo.
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Describa el producto, sus materiales y el uso que tendrá. Revisamos los detalles del envío con usted.
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