Capítulo 97
Para importar a México productos que considera dentro del capítulo 97, comience con las especificaciones y las partidas que aparecen a continuación. Solicite su cotización para que el agente aduanal autorizado confirme la clasificación de su envío.
Objetos de arte o colección y antigüedades
Partidas oficiales de este capítulo
- 9701 — Pinturas y dibujos, hechos totalmente a mano, excepto los dibujos de la partida 49.06 y artículos manufacturados decorados a mano; collages, mosaicos y cuadros similares.
- 9702 — Grabados, estampas y litografías, originales.
- 9703 — Obras originales de estatuaria o escultura, de cualquier materia.
- 9704 — Sellos (estampillas) de correo, timbres fiscales, marcas postales, sobres primer día, enteros postales, demás artículos franqueados y análogos, incluso obliterados, excepto los artículos de la partida 49.07.
- 9705 — Colecciones y piezas de colección que tengan un interés arqueológico, etnográfico, histórico, zoológico, botánico, mineralógico, anatómico, paleontológico o numismático.
- 9706 — Antigüedades de más de cien años.
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